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Autor Tema: simple presunción
R.C. Castellón. Mª Carmen

01/06/2009
10:14:55

Se ha presentado documentación para solicitar la nacionalidad de un bebé nacido en Castellón, hijo de madre marroquí de estado civil SOLTERA, renococido únicamente por ésta.
He estado leyendo la Instrucción de la DGRN de fecha 28/03/2007 y su Anexo i, y la única diferencia de este caso, es que no hay padre conocido apátrida . ¿Podría aplicarse dicha Instrucción e iniciar al expediente nacionalidad con valor de simple presunción? ¿Qué pasaría si con posterioridad se efectúa el reconocimiento paterno del nacido por su padre marroquí? ¿Se debería revocar la nacionalidad concedida con valor de simple presunción?
Un saludo y gracias.


Autor 8 Respuesta(s)
salvador

02/06/2009
8:05:39

Titulo: Re: simple presunción

Hola. Desde mi modesta opinión, pienso que eso ni te debería preocupar ya que Marruecos no expide los certificados que se necesitan para poder inciar el expediente de presunción en los que no te certifican que los interesados no tengan ninguna nacionalidad, aún menos la marroquí. Así que deberia esperar un año la madre para poder solicitar la nacionalidad por residencia del niño.

Aprovecho tu tema para exponer una duda también. ¿Que valor tiene la nacionalidad española por presunción? Quiero decir, aparte del interes que tienen toda esta gente por solicitar a sus hijos la presunción de la nacionalidad española para poder sacerles el DNI ¿Se puede llevar una persona toda la vida siendo español por simple presunción? ¿Pueden optar los hijos de una persona que sea español por simple presunción a la nacionalidad española?.

Gracias.

Patricia

02/06/2009
8:32:35

Titulo: Re: Simple presunción

La declaración de nacionalidad española con valor de simple presunción significa que eres español a todos los efectos mientras no se demuestre lo contrario. Si os fijáis bien, también los que nos consideramos españoles lo somos por otra mera presunción, legal esta vez, la del art. 68: se presumen españoles de origen los nacidos en España hijos de padres nacidos también en España. También nos beneficiamos de esa presunción, pero siempre cabe prueba en contrario en otro expediente en que se demuestre que se tiene otra nacionalidad. Sí, esas personas llevarán toda la vida siendo españoles por simple presunción. Sus hijos, si los tienen después de haberse declarado españoles, son españoles, y los que hayan tenido antes pueden optar como hijos de españoles. En el caso de los hijos de madres solteras marroquíes la cuestión está clara en la Instrucción: son marroquíes,véase 2.n.3.

Mª Carmen Q.

02/06/2009
10:38:51

Titulo: simple presunción

Muchas gracias Patricia, no le di vuelta a la Instrucción y me atasque en el anexo 1-i.

CARLOS

07/06/2009
10:13:51

Titulo: Re: Titulo

Muy bien explicado Paticia.Un saludo

Miguel

04/09/2020
15:56:15

Titulo: Simple presunción

Hola. Mi nombre es Miguel, soy dominicano y mi mujer peruana. Quiero saber si le darian la nacionalidad española a mi bebe que esta por nacer aunque la reconozca con mi apellido

Miguel

04/09/2020
15:56:56

Titulo: Simple presunción

Hola. Mi nombre es Miguel, soy dominicano y mi mujer peruana. Quiero saber si le darian la nacionalidad española a mi bebe que esta por nacer aunque la reconozca con mi apellido

Yaddel

14/10/2020
22:05:50

Titulo: Valor por simple presunción

Me gustaria conocer el tiempo que demora otorgarle la nacionalidad por valor de simple presunción un vez iniciado y o recogido el proceso

Yaddel

14/10/2020
22:09:21

Titulo: Valor por simple presunción

Me gustaria conocer el tiempo que demora otorgarle la nacionalidad por valor de simple presunción un vez iniciado y o recogido el proceso


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