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Autor Tema: incapacitaciones
rcmahon

28/09/2009
14:02:20

Me preguntan desde un juzgado de 1ª inst. que tienen que remitirnos una incapacitacion de un ecuatoriano , ¿ donde tienen que remitir dicho auto , para que quede constancia en el nacimiento de dicha persona? es a traves del consulado de Ecuador en España , o es a traves del RC.C. que se pide un traslado para poder hacer una marginal


Autor 3 Respuesta(s)
registrando

28/09/2009
20:06:14

Titulo: Re: incapacitaciones

habría que hacer una inscripción de nacimiento soporte para la marginal de incapacitación? Si el ecuatoriano nació fuera de España y no ha adquirido la nacionalidad española no está inscrito en ningún registro civil español. No sé si de oficio el registro o el juzgado que incapacitó o, en su caso, los familiares, habrán de aportar al Registro certificación literal de su nacimiento.

Javier

29/09/2009
15:41:56

Titulo: Re: Titulo

Si se hizo español por residencia o por opción habrá una inscripción de nacimiento en el Central.

Si no lo único que habrá es la inscripción de nacimiento del RC ecuatoriano. En los consulados de España en iberoamérica se vienen recibiendo exhortos de RC españoles para que inscribamos marginalmente hechos de extranjeros de los que no se tiene inscripción principal, con lo que devolvemos el expediente.

J.M.Álvarez

05/10/2009
23:54:30

Titulo: Re: Titulo

Si el ecuatoriano en cuestión no nació en España habrá de inscribirse o anotarse su nacimiento como soporte de la inscripción de incapacidad en el Registro Civil Central, competente para ello según el art. 15 LRC y 68 RRC.


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