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Autor Tema: PRESUNCION DE PATERNIDAD
RCPALMA

03/06/2008
18:35:50

CUANDO UNA MUJER CASADA PRETENDE INSCRIBIR EN EL REGISTRO EL NACIMIENTO DE UN NIÑO/A A NOMBRE SUYO Y DE UN PADRE QUE NO SEA SU MARIDO, ¿OS PARECE IMPRESCINDIBLE PARA DESTRUIR LA PRESUNCIÓN DE FILIACIÓN MATRIMONIAL, CONFORME AL ART. 116 CC Y 185 RRC Y LA CIRCULAR DE 2 DE JUNIO DE 1981, DEMOSTRAR LA DISOLUCIÓN O LA SEPARACIÓN LEGAL O DE HECHO DE LOS CÓNYUGES DURANTE AL MENOS TRESCIENTOS DÍAS, O SERÁ SUFICIENTE CUANDO, SIN CUMPLIRSE ESTE PLAZO, SE APORTEN PRUEBAS BIOLÓGICAS QUE CONTRADIGAN DICHA FILIACIÓN MATRIMONIAL Y CERTIFIQUEN LA PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL QUE SE PRETENDE INSCRIBIR?

UN SALUDO A TODOS. JULIO LÓPEZ-BERMEJO


Autor 4 Respuesta(s)
J.M. Álvarez

03/06/2008
23:37:25

Titulo: PRESUNCION DE PATERNIDAD

Mi opinión es que el artículo 116 CC es claro y tajante: rige la presunción legal de paternidad del marido mientras no se acredite la separación legal o de hecho de los cónyuges antes de los 300 días posteriores al matrimonio. Las pruebas biológicas no destruyen esa presunción legal y únicamente podrían hacerse valer en un procedimiento ordinario de impugnación de la paternidad del marido.

RCPALMA

04/06/2008
7:40:02

Titulo: Re: Titulo

Gracias por la respuesta José Manuel, aunque dada la exactitud de determinadas pruebas biológicas en cuanto a la determinación de la paternidad, pruebas que, de hecho, son aceptadas casi como irrefutables en los procedimientos ordinarios, cabría preguntarse porque, de lege ferenda, no deberían admitirse también en el Registro Civil.

Un saludo.

J. M. Álvarez

04/06/2008
20:51:25

Titulo: Presunción de paternidad

Totalmente de acuerdo. ¿Por qué ha de tener más fuerza para destruir la presunción una prueba testifical que una prueba biológica cuya certeza se acerca al cien por cien?. Pero con la legislación actual entiendo que no pueden utilizarse en la vía registral a los efectos señalados.

Pedro Moñino (Sant Llorenç)

07/07/2008
11:58:56

Titulo: Re: Presunción paternidad

Me encuentro ahora mismo con una inscripción de este tipo. Los progenitores son de nacionalidad alemana. Pretenden poner al hijo el apellido del padre, ¿es correcto?


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