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Autor Tema: EDAD LIMITE DE OPCION
RCBOLTAÑA

16/02/2010
12:16:58

En el teléfono de atención al público del Ministerio de Justicia, te informan que los hijos de los que adquieren la nacionalidad española por residencia pueden optar por ella hasta los 20 años de edad. ¿ es esto cierto, hasta que edad pueden realmente efectuar la opción los hijos de los inmigrantes que adquieren la nacionalidad española por residencia? ¿ en base a que criterio puede optar el mayor de 18 años, cuyo padre/madre ha adquirido la nacionalidad española por residencia?


Autor 6 Respuesta(s)
jorome

16/02/2010
15:27:24

Titulo: EDAD LIMITE DE OPCION

El derecho para optar por la nacionalidad española caduca a los dos años (art. 20.2c CC) de haber adquirido la mayoría de edad legal, según su Ley personal. Lógicamente tiene derecho a optar aquél que haya estado sujeto a la pátrica potestad de un/a español/a (art. 20.1a CC).

Saludos,
jorome.

kárbiko

16/02/2010
21:53:37

Titulo: Re: Titulo

Y, como normalmente se adquiere la mayoría de edad a los 18, pues puede optar a adquirir la nacionalidad hasta el día antes de cumplir 20 años.
Pero no siempre es así. Por ejemplo, los argentinos son mayores de edad a los 21, por tanto pueden hasta el día antes de cumplir 23...
al menos hasta que cambie su ley, que pronto lo hará...

J.M.Álvarez

17/02/2010
20:52:51

Titulo: Re: Titulo

Ya lo hizo. Los argentinos han madurado y son mayores de edad a partir de los 18 años desde últimos de diciembre del pasado año.

Javier

21/02/2010
19:13:26

Titulo: Re: Titulo

Mas exactamente desde el 31 de diciembre de 2009.

kárbiko

24/02/2010
18:10:58

Titulo: Re: Titulo

Comunicación que no nos ha remitido oficialmente a los RC la DGRN..
Como siempre, si no es por que nos mantenemos informados entre compañeros, .....

.. país..

Tenéis el enlace de la constitución argentina con ese cambio ya ¿en vigor?

Javier

25/02/2010
18:57:42

Titulo: Re: Titulo

http://www.cnmza.org.ar/noticia.php?noticia=297

http://www.diariodelsurdigital.com.ar/Es-oficial-la-mayoria-de-edad-a-los-18-anos

Entrando en vigor 8 días más tarde de la publicación en el Boletin Oficial, o sea el 31 de diciembre de 2009.


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