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Autor Tema: CAMBIO DE NOMBRE
PRESE

12/04/2010
11:42:31

UN SEÑOR NACIDO EN FRANCIA CON EL NOMBRE JAQCQUES OBTUVO LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR SER HIJO DE ESPAÑOLES Y FUE INSCRITO EN EL REGISTRO CIVIL CENTRAL DE MADRID CON EL NOMBRE DE JAIME. AHORA QUIERE VOLVER A CAMBIARSE EL NOMBRE A JACQUES Y LA PERSONA QUE ESTABA ANTES EN ESTE REGISTRO HIZO LA SOLICITUD DE CAMBIO AL CENTRAL Y LA RESPUESTA QUE HE RECIBIDO ES QUE ES COMPETENCIA DEL REGISTRO CIVIL DE LA LOCALIDAD EN QUE RESIDE. PERO YO CREO QUE EL CAMBIO DE NOMBRE HA DE REALIZARLO EL CENTRAL QUE ES DONDE ESTA INSCRITO SU NACIMIENTO.
QUE PUEDO HACER?


Autor 3 Respuesta(s)
Su nombre ...

13/04/2010
22:27:31

Titulo: Re: CAMBIO DE NOMBRE

Su mensaje aquí...

jorome

15/04/2010
8:39:18

Titulo: cambio de nombre

Se instruirá expediente sobre cambio de nombre. Si se acredita el uso habitual del nombre pretendido será el Encargado del Registro Civil principal correspondiente a su residencia el competente en autorizar dicho cambio. Una vez dictada Resolución favorable se remitirá exhorto al Registro Central para que se practique la correspondiente inscripción marginal de cambio de nombre.
Si el solicitante no acredita el uso habitual del nombre pretendido el Registro Civil del domicilio instruye el expediente y lo remite al Ministerio de Justicia, competente en su resolución.

Saludos,
jorome.

árbiko

18/04/2010
19:17:57

Titulo: Re: Titulo

¿Cómo ha obtenido la nacionalidad?
¿por opción? ¿por residencia?

Lo digo porque estoy de acuerdo con lo explicado por jorome, pero se me ha ocurrido qué es lo que determinaría la DGRN si se le plantease un recurso a una negativa al cambio de nombre por uso habitual de un Sr. que se llama Jaqcques, adquiere la nacionalidad española por RESIDENCIA, y cuando se le requiere para que designe el nombre y apellidos con el que ser inscrito, mannifiesta que el de Jaqcques..

Es conocido el criterio de la DGRN de que cuando en estos casos solicitan ser inscritos con los apellidos distintos de los que le corresponden (en el 2º se ponen, por ejemplo, el "DE eldesumarido") y luego, hay una separación o divorcio y quieren recuperar el de soltera,... el criterio, decía, es el de denegar dicha pretensión...
¿Creéis que en el caso del cambio nombre por uso habitual mantendrían este mismo criterio o permitirían cambiarlo?


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