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Autor Tema: matrimonio italiana
prese

28/06/2010
9:37:45

Una señora quiere contraer matrimonio y tiene la siguiente situación personal:
- Nacida en Uruguay, casada en 1974 en Uruguay y divorciada en 1980 en Uruguay.
- En 1990 obtiene la nacionalidad italiana
En principio le he pedido certificado de nacimiento, matrimonio y divorcio de Uruguay, pero, es necesario su certificado de nacimiento de adquisición de nacionalidad italiana? En cuanto a la publicación de edictos, qué régimen debo seguir?


Autor 6 Respuesta(s)
jorome

28/06/2010
18:42:44

Titulo: matrimonio italiana

Entiendo que la nacionalidad la acreditará con el pasaporte y será esa nacionalidad la que deberá hacerse constar en la inscripción matrimonial, en caso de celebrarse el matrimonio.
En relación a la publicación de Edictos la normativa dice claramente que deberá publicarse Edictos en los municipios en los que haya estado residiendo los dos últimos años, siempre y cuando tengan menos de 25.000 habitantes. Para el caso de residencia en el extranjero debe exigirse documental del lugar correspondiente y comunicarse con el Consulado español para que informen si en esa jurisdicción consular es preceptiva la publicación de edictos o no y, en caso afirmativo, remitir Edicto al Registro Civil Consular. En caso negativo, practicar prueba testifical.
Para acreditar su estado civil será suficiente certificación consular o cualquier documento del país de procedencia que considere oportuno la propia parte solicitante además de la preceptiva declaración jurada.

Saludos,
jorome.

Su nombre ...rccordoba

28/06/2010
19:18:14

Titulo: Re: Titulo

Si es de nacionalidad italiana, debería de aportar junto con su pasaporte y certificado de empadronamiento un certificado de capacidad matrimonial expedido por el Consulado de Italia. No siendo necesaria ninguna otra documentación más,

J.M.Álvarez

29/06/2010
0:02:34

Titulo: Re: Titulo

¿Qué artículo del Código Civil u otra ley dice que para contraer matrimonio en España el extranjero debe aportar un certificado de capacidad matrimonial?

francisco

29/06/2010
10:05:47

Titulo: Re: Titulo

las autoridades italianas pueden expedir el certificado de capacidad matrimonial, considero la respuesta de rccordoba, correcta, ya que dicho documento verifica que la persona italiana cumple los requisitos para contraer validamente matrimonio en el extranjero

jorome

29/06/2010
12:06:38

Titulo: matrimonio

El certificado de capacidad matrimonial expedido por una autoridad extranjera lo único que acredita es que, según la legislación de aquel país, la persona interesada reune los requisitos legales necesarios para poderse celebrar el matrimonio.
Lo que debe acreditarse en el expediente tramitado en el Registro Civil español es que se reunen los requisitos legales, según la legislación española.

Saludos,
jorome.

prese.

11/08/2010
12:03:39

Titulo: error apellidos

Un matrimonio casado por la Iglesia hace 8 años pidió un certificado de matrimonio que, junto al libro de familia, le pedia la embajada para hacer el pasaporte de sus hijos (son extranjeros). En la inscripción de matrimonio consta el nombre y apellido del marido y un doble nombre de la esposa, al comprobar el pasaporte han visto que no concidian y ahora han venido a ver si podemos modificar los nombres de la inscripción. ES posible simplemente con que me muestren los pasaportes? EStá claro que el cura se equivocó o que simplemente puso solo el primer nombre, el problema es que el cura ya no está en este pueblo. Qué debo hacer? Una marginal de error ortográfico?


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