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Autor Tema: PRESUNCIÓN DE PATERNIDAD
jorome

28/09/2010
19:40:40

¿Cabe calificar favorablemente el Acta de reconocimiento de filiación paterna no matrimonial si la madre no puede destruir la presunción de paternidad que la Ley atribuye al marido? ¿O es más acertado practicar la inscripción con la filiación materna, exclusivamente y que acudan los progenitores a la vía ordinaria?

Saludos,
jorome.


Autor 8 Respuesta(s)
kárbiko

28/09/2010
20:48:36

Titulo: Re: PRESUNCIÓN DE PATERNIDAD

Creo que ,si no puede destruir la presunción de paternidad del marido, lo que cabe es la inscripción como hijo matrimonial y que luego acudan a la vía ordinaria para su impugnación.

Así se ha resuelto numerosas veces por la DGRN. Veré si tengo el enlace de alguna....

Saludos

Su nombre ...

28/09/2010
21:23:35

Titulo: Re: Titulo

Algunos ejemplos de resoluciones:


RESOLUCIÓN (5.ª) de 25 de marzo de 2008, sobre inscripción de nacimiento fuera de plazo.
No procede al no estar acreditado que la interesada sea hija de padre español, por estar afectada la filiación por la presunción de paternidad matrimonial que no ha sido destruida.

Publicada en el Abril 2009 – página 41
*******************************************
RESOLUCIÓN (8.ª) de 6 de mayo de 2008, sobre inscripción de filiación.
Se inscribe la filiación matrimonial presumida legalmente

Mayo 2009 – pagina 40
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Resolución (5.ª) de 6 de junio de 2008, sobre inscripción de nacimiento fuera de plazo.
No procede al no estar acreditado que los interesados sean hijos de padre español, por estar afectada la filiación por la presunción de paternidad matrimonial que no ha sido destruida.

Boletín 1º de Agosto 2009 – Página 84
*******************************************

RESOLUCIÓN (4.ª) de 9 de julio de 2008, sobre inscripción de nacimiento fuera de plazo.
No procede al no estar acreditado que el interesado sea hijo de padre español, por estar afectada la filiación por la presunción de paternidad matrimonial que no ha sido destruida.

Boletín 1º de Agosto 2009 – Página 102
*******************************************

RESOLUCIÓN (3.ª) de 14 de julio de 2008,sobre inscripción de nacimiento fuera de plazo.
No prospera el recurso presentado contra una providencia dictada durante la tramitación del expediente por la que se requería la aportación de una certificación de nacimiento.

…… Por la Juez Encargada se dictó providencia requiriendo a la promotora para que facilitase el domicilio del marido a los efectos de la destrucción de la presunción de paternidad del artículo 116 Cc.
Este, compareció el 23 de noviembre de 2007 y declaró que se había separado de la promotora en enero de 2007 y que no era el padre del menor.
También los testigos habían declarado que el matrimonio llevaba separado unos cinco o seis meses. A la vista……..

Boletín 1º de Agosto 2009 – Página 148

jorome

29/09/2010
19:41:48

Titulo: presunción...

Lo que venimos haciendo en nuestro Registro Civil es, en estos casos, practicar la inscripción de nacimiento con la filiación materna, exclusivamente, atendiendo a que la madre no está obligada a facilitar datos de su anterior cónyuge. De esta manera, además, no se enfadan tanto ni la madre ni el presumible progenitor.

Saludos,
jorome.

Joane

06/10/2010
14:22:58

Titulo: Re: Titulo

Entiendo que la gente no se enfade, pero lo que estáis haciendo no tiene amparo legal. Si no se ha destruido la presunción de paternidad, hay que inscribir como hijo matrimonial de ella y su esposo. Si se ha destruido, hay que inscribir como hijo de ella y del padre que lo reconoce. En el servicio público es diro enfrentarse al público, pero la ley es la que es y mientras esté la presunción en el Código civil, lo mismo que está en códigos civiles de otros países y se mantiene e incluso amplía al conviviente en el caso de la legislación catalana, la opción de dejarlo como hijo de madre soltera no tiene amparo cuando hay un señor que sí reconoce al hijo y un marido. O es de uno o es de otro.

jorome

09/10/2010
19:44:55

Titulo: presunción...

Joane:
No puedes obligar a la madre a facilitar los datos del marido. Si declara que está casada y punto hay que limitarse a practicar la inscripción del nacimiento con la filiación materna, exclusivamente y haciendo constar el estado civil de casada de la madre.

Saludos,
jorome.

jbenito

10/11/2010
20:53:35

Titulo: Re: PRESUNCIÓN DE PATERNIDAD

No se como se puede poner que esta casada y a la vez cumplir con el Codigo Civil y con el art. 183 del RRC, en especial su segundo parrafo:

Cuando, por lo que resulta de la declaración o título de la inscripción, se presume que el hijo lo es del marido conforme a lo dispuesto en el Código Civil, en la inscripción de nacimiento, y en su defecto, por nota al margen, se hará referencia a la inscripción de matrimonio de los padres, y si no fueren conocidos todos los datos de la referencia, constará la fecha del matrimonio, y cuando menos, que éste tuvo lugar.

En este supuesto constarán en la inscripción las menciones de identidad del padre.

Calcular embarazo

21/09/2019
11:40:15

Titulo: Paternidad

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calculadora embarazo

21/09/2019
11:41:23

Titulo: calculadora embarazo

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