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Autor Tema: RECONOCIMIENTO PATERNO
LORENA

17/02/2011
12:52:22

MI HIJA TIENE CINCO AÑOS LA DOS TENEMOS LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA EL PADRE DE MI HIJA QUIERE RECONOCERLA Y YO ESTOY DEACUERO NO SOMOS CASADOS Y TAMPOCO HEMOS VIVIDO JUNTOS QUE PROCEDIMIENTO TENGO QUE SEGUIR PARA PODER REALIZAR EL TRAMITE


Autor 5 Respuesta(s)
RCPALMA

17/02/2011
13:03:37

Titulo: Re: RECONOCIMIENTO PATERNO

PUES ACUDIR AMBOS AL REGISTRO CIVIL DE SU DOMICILIO Y SOLICITARLO. LO CUAL NO QUIERE DECIR QUE, SI NO CUMPLEN LOS REQUISITOS LEGALES, QUE EL JUEZ EXAMINARÁ, VAYAN A ADMITIRSELO.

Javier

17/02/2011
13:23:30

Titulo: Re: Titulo

art 120 del código civil

LORENA

18/02/2011
9:16:05

Titulo: RECONOCIMIENTO PATERNO

OLVIDE MENCIONAR QUE SU PADRE SE ENCUENTRA EN ECUADOR Y NO SE SI ES MEJOR ACERCARME YO AL REGISTRO CIVIL DE BARCELONA O QUE SE ACERQUE EL AL CONSULADO DE ESPAÑA EN ECUADOR, Y PORQUE LE PUEDEN NEGAR SI EL ES EL PADRE DE MI HIJA.

Javier

18/02/2011
15:56:08

Titulo: Re: Titulo

Definitivamente debes de iniciar tú el procedimiento en Barcelona, aportando la dirección y datos personales del padre para que sea citado al Consulado a efectuar el reconocimiento.

Jucrísvic

23/02/2011
14:18:58

Titulo: Re: Titulo

Será el padre quien comparezca a reconocer a la hija ante el Consulado, con los documentos necesarios, ya que la madre no puede manifestar la identidad paterna de forma separada ¿no?.


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