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Autor Tema: DUDAS SOBRE OPCION DE NACIONALIDAD
CARLOS

21/08/2008
13:39:06

Abusando de este médio socrático instaurado por Julio para la búsqueda de la verdad através del dialogo.Al que otra vez reitero mi felicitación por esta página a la vez que le traslado mi honda preocupación por lo adictivo que me esta resultado el visionado de este foro.
Asi que como Socrates he de reconocer que " SOLO SE QUE NO SE NADA ", asi que bromas aparte , quiero exponer unas dudas que tengo sobre la OPCION DE NACIONALIDAD :

1º) Si el padre o madre extranjero ha adquirido la nacionalidad española por residencia y se ha inscrito en nuestro RC a tenor del 16-4 LRC . Si efectúa la opción para sus hijos tambien nacidos en el extranjero antes de que transcurran los 6 meses desde la fecha de concesión ( O es desde la fecha del Acta de adquisición )
- ¿Se puede o se debe inscribir en el RC donde el padre o la madre se haya inscrito o en todo caso la competencia el del RC Central. ?
- ¿ Es facultativa , voluntaria y opcional como el 16-4 LRC en favor del RC de tramitación del expediente o del RC central ( O quien es el competente para inscribir la opción? :
a) el RC donde figure inscrito el progenitor nacionalizado español . ?
b) El RC del lugar donde se haya efectuado el acta de Opción ?
c) O siempre tiene competencia el RC Central en todo caso ?

2º) Si ha trascurrido el plazo de los 6 meses desde la concesión de la nacionalidad por residencia al padre o madre del optantante nacido en el extranjero ¿ la competecia siempre es exclusiva del RC Central ?

3º) Cual es el fundamento legal , puesto que en la famosa instrucción de marras parece ser que no encuentro nada de nada.
Deseo que alguien me aclare estas dudas . Aunque creo que JM Alvarez ( Magnifico e ilustre compañero del RC Central )debe encontrarse de vacaciones por que no veo sus acertadas intervenciones en el Foro, pero espero que cuando se reintegre a su puesto de trabajo y tenga tiempo y ganas podria comentarnos algo al respecto de la practica diaria del RC en esta materia . Un saludo


Autor 2 Respuesta(s)
CALOS

30/08/2008
0:09:25

Titulo: PARA JULIO

Hola Julio:
Por que en el enlace de Nacionalidad en la Web en el Apartado F) LA INSCRIPCIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA. LUGAR DONDE PUEDE PRACTICARSE Y EFECTOS, pones entre comillas los tres párrafos al referirte al Art. 16 LRC cuando en realidad solo la deberias poner hasta el final del 2º Párrafo, siendo el Tercer párrafo una interpretación que tu haces y no el ternor literal del Articulo.
Creo que va en relación con lo que antes planteo. Agradecido nuevamente y un cordial saludo

RCPALMA

31/08/2008
20:02:39

Titulo: Re: Titulo

Hola Carlos. Un error que corregiré apenas tenga tiempo. Gracias por advertírmelo.

Un cordial saludo. Julio


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