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4 Respuesta(s) |
Su nombre ... 15/04/2011 16:49:40 |
Titulo: Re: INSCRIPCIÓN ADOPCIÓN INTERNACIONAL. |
Es competente el registro del domicilio, y también el Central. Lee la RESOLUCIÓN (4.ª) de 14 de marzo de 2007. Si el juez no envía el exhorto, entonces lo pedirán los padres, ya que el niño adquirió la nacionalidad al ser adoptado por español. Es una adopción internacional
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Su nombre ... 15/04/2011 17:07:49 |
Titulo: Re: Titulo |
lee la discusión en http://www.sd-a.com/registrocivil/Foro_Mensaje.asp?id=424 , aunque no se exactamente la misma situación puede aclararte algunas cuestiones |
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RCPALMA 24/04/2011 19:07:08 |
Titulo: Re: Titulo |
La competencia corresponde a cualquiera de los dos, a elección de los padres, a no ser que éstos soliciten que se haga constar como lugar de nacimiento del hijo adoptado el de su domicilio, en cuyo caso la competencia únicamente correspondería a este Registro, nunca al Central. |
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EMILI 28/04/2011 13:50:06 |
Titulo: Re: Titulo |
Gracias a todos por la información, un saludo. |
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