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Autor Tema: Adopción y apellidos
RC Tafalla

17/09/2008
13:17:34

Mi marido inició adopción de su sobrino, adopción que yo consentí tal y como exige la ley. Resulta que ya se ha resuleto el expediente, concediendo la adopción pero dándole al niño los apellidos de mi marido, primero y segundo, sin que consten los míos. Me dice la abogada que olvidó poner que debía ser el suyo y el mío también, pero desde el Juzgado dicen que no puedo ponerle mi apellido como su segundo porque no soy adoptante ¿es así? ¿no puedo ir al registro y cambiarlo? Gracias


Autor 1 Respuesta(s)
CARLOS

17/09/2008
17:58:58

Titulo: Re: Adopción y apellidos

Pues así según se cuenta y a tenor del Artículo 201 RRC que establece que " El adoptado en forma plena por una sola persona tendrá por su orden los apellidos del adoptante" pues es meridiano y claro .Solo podrá ostentar los apellidos de la persona en cuyo favor y en la parte dispositiva del auto de adopción se haya aprobado
. Mira en el Enlace " ADOPCION" que pone debajo de TEMAS DEL REGISTRO CIVIL. Julio ahí lo explica meridianamente claro.

Solamente decir aunque no es de aplicación al caso concreto que nos relatan desde Tafalla ( Navarra) yo me inclino más por la solución que da la Ley 9/1998, de 15 de julio, del Código de Familia Catalan en su Art. 128 que establece una casuistica más clara y adecuada a la realidad . un saludo



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