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Autor Tema: 1ª INSTANCIA Y RC
RCBARBASTRO

25/10/2011
8:50:29

Hola a todos.
En mi juzgado,tenemos 1ª instancia, instrucción y registro civil.
Cuando la sección civil tramita una incapacidad ¿cómo se comunica 1ª instancia conmigo (registro) para que proceda a realizar la inscripción de la incapacidad en la sección cuarta?
A mi (registro) me bajan testimonio de la sentencia para que inscriba, pero en la parte dispositiva de la misma solo pone "firme que sea esta resolución procédase a comunicar de oficio al encargado del registro civil correspondiente a los fines de inscripción al margen de la inscripción de NACIMIENTO del incapaz".
Entiendo que alguien me tiene que decir que inscriba en la sección cuarta, no solo en la 1ª, que puede ser mi registro u otro cualquiera...
¿Podeis aclararme si esta manera de proceder es correcta?


Autor 1 Respuesta(s)
J.M.Álvarez

28/10/2011
1:11:58

Titulo: Re: 1ª INSTANCIA Y RC

La incapacidad sólo se inscribe en la Sección primera. En la cuarta se inscribe la tutela una vez constituida.


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