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Autor Tema: Inversión apellidos menores de edad
Santiago

01/02/2012
13:01:47

Hola,
Padres que, decididos a invertir el orden de los apellidos, no lo comunican en el momento de la inscripcíón. ¿Puede tramitarse un expediente ante el Ministerio de Justicia para invertir los apellidos del menor, sin esperar a que cumpla los 18 años y lo solicite el mismo?
¿Alguna idea del contenido/trámite del expediente?
Muchas gracias.


Autor 2 Respuesta(s)
FerGer

03/02/2012
12:25:20

Titulo: Re: Inversión apellidos menores de edad

Entiendo que una vez que el hijo/a ha sido inscrito en el Registro con unos apellidos, ya no es posible en nuestro ordenamiento jurídico proceder a modificar los mismos (salvo él mismo al cumplir los 18 años por inversión).

Ello no obsta, a mi entender, que promuevan el correspondiente expediente gubernativo, a resolver por la Dirección General de los Registros y del Notariado, de conformidad con los arts. 57 LRC y arts. 205 y 206 RRC, y a ver si hay suerte.

Santiago

14/02/2012
8:51:37

Titulo: Re: Titulo

Si, he hablado con la DGRN y me han dicho que lo tramite como un cambio de apellidos.

Gracias por tu respuesta.

Saludos.


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