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9 Respuesta(s) |
RCPALMA 18/04/2012 13:22:52 |
Titulo: Re: Matrimonio nacionalidad que renunció |
Entiendo que si concurren los requisitos del Código Civil para la validez del matrimonio, como por lo que explica asi parece, y este señor no ha perdido la nacionalidad, el hecho que él se presente como norteamericano no obsta para que, según nuestra legislación, al haber adquirido nuestra nacionalidad con renuncia de la anterior, sea exclusivamente español para nuestro Estado y todos sus representantes, por lo que debe entenderse que un español se ha casado en Kenia conforme a la ley del lugar lo que, en principio es perfectamente válido. Yo personalmente, a la vista de lo que me expone, no veo ningún inconveniente para la inscripción, haciendo constar, desde luego, que su nacionalidad es la española.
Un cordial saludo desde Mallorca |
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tu 19/04/2012 22:29:29 |
Titulo: Re: Titulo |
¿Y ese señor ha utilizado la nacionalidad española en el tiempo desde que la obtuvo?
Porque pudiera ser que no estuviera dado de alta en ese Consulado como español y hubieran pasado más de 3 años sin utilziarla, lo que conllevaría la pérdida de la misma y ya no fuera español cuando contrajo ese segundo matrimonio....
Yo pediría el pasaporte español a ver qué hechos ha realizado como tal (si figura alguna entrada/salida de algún país como ciudadano español), le preguntaría por los lugares donde ha residido desde 1988 y/o después de divorciado y pediría a los Consulados de España de esos sitios que indicaran si ese señor ha estado de alta en el registro de matrícula y qué hechos ha realizado como español y en qué fechas.
Una vez visto, si hubiera hecho uso de la nacionalidad española seguiría con la inscripción. Y si hubiera causa para la pérdida de la misma, denegaría la misma e incoaría el expediente para declarar dicha pérdida |
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Javier 20/04/2012 0:30:38 |
Titulo: Re: Titulo |
En el caso de que haya perdido la nacionalidad española y haya contraído matrimonio siendo exclusivamente estadounidense, mucho mejor para él porque al haber contraído matrimonio siendo extranjero ante la ley extranjera, se puede inscribir el matrimonio en el RC español. Luego puede recuperar la nacionalidad con solo manifestarlo, pues es español emigrante, y todos contentos. |
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Cendoreg.es 20/04/2012 8:54:11 |
Titulo: Re: Titulo |
Javier, no puedo estar de acuerdo. Si ha perdido la nacionalidad española por haber usado exclusivamente durante el plazo legal aquélla a la que renunció, y ha contraído el matrimonio en el extranjero, no puede ser inscrito el matrimonio en el RC español porque ni afecta a español, ni ha sido celebrado en España.
También habría que plantearse si era preceptivo el certificado de capacidad matrimonial, pero esas son otras arenas. |
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Javier 20/04/2012 15:22:56 |
Titulo: Re: Titulo |
¿Por qué no puede inscribirse su matrimonio si ha sido contraído como extranjero? Estoy suponiendo que el hombre recuperará la nacionalidad con tan solo declararlo, será español nuevamente, y luego tiene derecho a que se inscriba su matrimonio actual. |
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Cendoreg.es 21/04/2012 16:34:14 |
Titulo: Re: Titulo |
Ah, vale, en esa secuencia sí:
1 - Declara su voluntad de recuperar la nacionalidad 2 - El competente estima la solicitud, acuerda la recuperación y la inscribe 3 - El interesado solicita la inscripción de matrimonio contraído en el extranjero. 4 - Se tramita el expediente. 5 - Si se cumplen los requisitos, se inscribe.
Ok. |
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RCPALMA 23/04/2012 13:59:16 |
Titulo: Re: Titulo |
Del mensaje original no veo que se mencione que se trate de ningún extranjero. Empieza "Se ha presentado aquí un ciudadano español..." y en principio pienso que habría que partir de este dato a menos que RCKENIA dijese otra cosa... |
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Su nombre ... 23/04/2012 16:15:53 |
Titulo: Re: Titulo |
Efectivamente, si posee pasaporte español vigente se considera que ha usado la nacionalidad por lo cual no hay razones para pensar que pueda haber incurrido en causa de pérdida. |
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Cendoreg.es 24/04/2012 12:13:12 |
Titulo: Re: Titulo |
Lo que dice RC PALMA es de lo más razonable. |
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