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Autor Tema: Matrimonio nacionalidad que renunció
RC KENIA

18/04/2012
10:31:24

Se ha presentado aquí un ciudadano español que adquirió la nacionalidad española por residencia en 1999, renunciando a su anterior nacionalidad estadounidense. En el año 2007 se casó con ciudadana estadounidense aquí en Kenia ante autoridad local. El es divorciado, ya que se casó aún siendo estadounidense con española en 1988 y se divorció en el 2006, divorcio que está anotado marginalmente previamente a su segundo matrimonio una vez obtenido el preceptivo exequatur.
Mi duda surge del hecho que se ha casado aquí en Kenia como estadounidense (aunque en el certificado expedido por las autoridades kenianas no dice nada sobre nacionalidad de los contrayentes me presenta un certificado de estado civil de la Embajada de USA y no una fe de vida y estado civil española), aunque renunciara formalmente a su nacionalidad estadounidense. ¿Puedo admitir un matrimonio celebrado como estadounidense cuando según la ley española este señor es español y renunció a su nacionalidad estadounidense?
Muchas gracias


Autor 9 Respuesta(s)
RCPALMA

18/04/2012
13:22:52

Titulo: Re: Matrimonio nacionalidad que renunció

Entiendo que si concurren los requisitos del Código Civil para la validez del matrimonio, como por lo que explica asi parece, y este señor no ha perdido la nacionalidad, el hecho que él se presente como norteamericano no obsta para que, según nuestra legislación, al haber adquirido nuestra nacionalidad con renuncia de la anterior, sea exclusivamente español para nuestro Estado y todos sus representantes, por lo que debe entenderse que un español se ha casado en Kenia conforme a la ley del lugar lo que, en principio es perfectamente válido. Yo personalmente, a la vista de lo que me expone, no veo ningún inconveniente para la inscripción, haciendo constar, desde luego, que su nacionalidad es la española.

Un cordial saludo desde Mallorca

tu

19/04/2012
22:29:29

Titulo: Re: Titulo

¿Y ese señor ha utilizado la nacionalidad española en el tiempo desde que la obtuvo?

Porque pudiera ser que no estuviera dado de alta en ese Consulado como español y hubieran pasado más de 3 años sin utilziarla, lo que conllevaría la pérdida de la misma y ya no fuera español cuando contrajo ese segundo matrimonio....

Yo pediría el pasaporte español a ver qué hechos ha realizado como tal (si figura alguna entrada/salida de algún país como ciudadano español), le preguntaría por los lugares donde ha residido desde 1988 y/o después de divorciado y pediría a los Consulados de España de esos sitios que indicaran si ese señor ha estado de alta en el registro de matrícula y qué hechos ha realizado como español y en qué fechas.

Una vez visto, si hubiera hecho uso de la nacionalidad española seguiría con la inscripción. Y si hubiera causa para la pérdida de la misma, denegaría la misma e incoaría el expediente para declarar dicha pérdida

Javier

20/04/2012
0:30:38

Titulo: Re: Titulo

En el caso de que haya perdido la nacionalidad española y haya contraído matrimonio siendo exclusivamente estadounidense, mucho mejor para él porque al haber contraído matrimonio siendo extranjero ante la ley extranjera, se puede inscribir el matrimonio en el RC español. Luego puede recuperar la nacionalidad con solo manifestarlo, pues es español emigrante, y todos contentos.

Cendoreg.es

20/04/2012
8:54:11

Titulo: Re: Titulo

Javier, no puedo estar de acuerdo. Si ha perdido la nacionalidad española por haber usado exclusivamente durante el plazo legal aquélla a la que renunció, y ha contraído el matrimonio en el extranjero, no puede ser inscrito el matrimonio en el RC español porque ni afecta a español, ni ha sido celebrado en España.

También habría que plantearse si era preceptivo el certificado de capacidad matrimonial, pero esas son otras arenas.

Javier

20/04/2012
15:22:56

Titulo: Re: Titulo

¿Por qué no puede inscribirse su matrimonio si ha sido contraído como extranjero? Estoy suponiendo que el hombre recuperará la nacionalidad con tan solo declararlo, será español nuevamente, y luego tiene derecho a que se inscriba su matrimonio actual.

Cendoreg.es

21/04/2012
16:34:14

Titulo: Re: Titulo

Ah, vale, en esa secuencia sí:

1 - Declara su voluntad de recuperar la nacionalidad
2 - El competente estima la solicitud, acuerda la recuperación y la inscribe
3 - El interesado solicita la inscripción de matrimonio contraído en el extranjero.
4 - Se tramita el expediente.
5 - Si se cumplen los requisitos, se inscribe.

Ok.

RCPALMA

23/04/2012
13:59:16

Titulo: Re: Titulo

Del mensaje original no veo que se mencione que se trate de ningún extranjero. Empieza "Se ha presentado aquí un ciudadano español..." y en principio pienso que habría que partir de este dato a menos que RCKENIA dijese otra cosa...

Su nombre ...

23/04/2012
16:15:53

Titulo: Re: Titulo

Efectivamente, si posee pasaporte español vigente se considera que ha usado la nacionalidad por lo cual no hay razones para pensar que pueda haber incurrido en causa de pérdida.

Cendoreg.es

24/04/2012
12:13:12

Titulo: Re: Titulo

Lo que dice RC PALMA es de lo más razonable.


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