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Autor Tema: ¿Nacimiento hijo matrimonial?
Registro Civil Barakaldo...

25/05/2012
9:21:58

Cuestión: una pareja ha tenido un hijo hace diez días y no está inscrito. Se casan el lunes y van a hacer la inscripción posteriormente al matrimonio en el juzgado de paz de su residencia. ¿Tienen que ir ambos por ser hijo extramatrimonial al nacer y hace falta autorización del Encargado o se puede inscribir sin estos requisitos? Yo pienso que se puede inscribir sin autorización expresa. Gracias y un saludo


Autor 3 Respuesta(s)
Isidroping

25/05/2012
10:26:06

Titulo: Re: ¿Nacimiento hijo matrimonial?

El hijo no goza de la presunción de paternidad en favor del marido art. 116 del Codigo Civil, y si además le cambian el lugar de nacimiento, debieran comparecer padre y madre.

Su nombre ...

25/05/2012
21:17:08

Titulo: Re: Titulo

o sea, justo lo contrario de lo que piensas

Totalmente de acuerdo con Isidroping

Cendoreg.es

28/05/2012
17:19:28

Titulo: Re: Titulo

Si "autorización expresa" del Encargado, se refiere a la emisión de acuerdo calificador por el Encargado del RC Principal, previo a la inscripción que ha de realizar el Encargado del Registro de Paz, entonces, incluso en el caso de hijo matrimonial , sólo con que el nacimiento haya ocurrido fuera del municipio y haya que poner la observación "se considera a todos los efectos que el lugar de nacimiento es el municipio en el que se ha practicado el asiento", ya es preceptiva la intervención del Encargado del RC principal, mediante "consulta".

Ver en este sentido la INSTRUCCIÓN de 28 de mayo de 2008, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre funcionamiento y organización de los Registros Civiles delegados a cargo de los Juzgados de Paz y su informatización

ANEXO I Relación de asientos en que procede previa consulta

En los supuestos que se relacionan a continuación el aplicativo Inforeg mostrará en el proceso de inscripción una ventana emergente con el texto: «Consulta. Art. 47 R.R.C. n.º .......... fecha ..................». Los supuestos a que se refiere este apartado son los que se corresponden con los siguientes modelos de asientos aprobados por la Resolución de 25 de enero de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre aprobación de la versión 2.0 del programa INFOREG y nuevos modelos de asientos para los Registros Civiles informatizados:

100. Inscripción principal de nacimiento. Inscripciones dentro de plazo en las que se haya introducido el dato del matrimonio de los padres, siempre que se active el campo de observaciones en los supuestos de: 1. Municipio distinto al de nacimiento (art. 16.2 L.R.C.).


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