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Autor Tema: nacionalidad mayor de 14 años
rctorremolinos

08/06/2012
9:03:33

los mayores de 14 años y menores de 18 tienen que renunciar a su nacionalidad


Autor 3 Respuesta(s)
Su nombre ...

08/06/2012
9:35:30

Titulo: Re: nacionalidad mayor de 14 años

Si no son naturales de origen de un país iberoamericano, Guinea Ecuatorial, Andorra, Filipinas o Portugal.

JavierUY

08/06/2012
15:19:29

Titulo: Re: Titulo

Más exactamente deben de DECLARAR que renuncian a su nacionalidad anterior, sin que importe los efectos que dicha declaración tenga para el ordenamiento de su país de origen.

Cendoreg.es

09/06/2012
23:53:40

Titulo: Re: Titulo

Código Civil.
Art. 23.

Son requisitos comunes para la validez de la adquisición de la nacionalidad española por opción, carta de naturaleza o residencia:

a) Que el mayor de catorce años y capaz para prestar una declaración por sí jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.

b) Que la misma persona declare que renuncia a su anterior nacionalidad. Quedan a salvo de este requisito los naturales de países mencionados en el apartado 1 del artículo 24.

c) Que la adquisición se inscriba en el Registro Civil español.


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