REGISTRO CIVIL

FORO DEL REGISTRO CIVIL
 
Palma de Mallorca 2006 - 2018 

[ Lista de Mensajes ]

Autor Tema: NACIONALIDAD POR OPCIÓN DE UN MENOR
ALM

21/09/2012
17:37:21

nos ha llegado de la DGRN devuelto un expediente de nacionalidad por residencia de un menor de 14 años, nos dicen que debemos tramitar la nacionalidad por opción del menor de 14 años, pero ahora el padre los ha abandonado y la madre no sabe donde está el padre, cree que en el extranjero.la madre por si sola no lo podría solicitar ¿no?.EN EL EXPEDIENTE QUE SE TRAMITÓ EN SU DÍA ESTAN TODOS LOS DOCUMENTOS QUE SE LES SOLICITO, PERO AL HACER UN EXPEDIENTE NUEVO DEBERÍAN DE VOLVER A RATIFICARSE? A PARTE DE QUE DEBERIAN DE FIRMAR LOS DOS LA SOLICITUD. COMO LO PUEDO HACER?
también me gustaría saber si tengo que archivar el exp. por residencia e iniciar el de opción ?


Autor 3 Respuesta(s)
Cendoreg.es

21/09/2012
19:47:54

Titulo: Re: NACIONALIDAD POR OPCIÓN DE UN MENOR


Intentaré aclarar:

La opción a la nacionalidad española a la que tiene derecho supongo que será porque uno de los progenitores es español, y por tanto el menor se halla bajo la patria potestad de persona de nacionalidad española (vía del artículo 20.1.a del Código Civil).

Para gestionar la adquisición de la nacionalidad española del menor por esta vía, el único expediente que hay que tramitar es el de "autorización previa" (art. 20.2.a C.C.). Como ya se ha señalado en otros mensajes de este foro, en caso de imposibilidad de un progenitor de localizar al otro para este fin, puede pedir, demostrando dicha imposibilidad con pruebas, la autorización para ejercer en solitario este derecho de adquisición de la nacionalidad española para su hijo (artículo 156 del Código Civil).


Cendoreg.es

21/09/2012
20:19:05

Titulo: Re: Titulo


Dicho lo anterior, y en relación al expediente de adquisición de la nacionalidad española por residencia, no llego a entender porqué ha sido devuelto por la DGRN, porque la solicitud de adquisición de la nacionalidad española por residencia no es incompatible con el ejercicio del derecho de opción, aunque su fin sea el mismo; y de haber sido tramitado correctamente, la DGRN ha de resolver la petición, concediendo o denegando la solicitud. Por eso no entiendo esa "devolución" a no ser que sea una "denegación de la solicitud". Este aspecto de la pregunta es confuso con los datos que aporta.

Saludos,

J.M.Álvarez

26/09/2012
0:44:37

Titulo: Re: Titulo

Entiendo que si el padre mostró su conformidad con que su hijo adquiera la nacionalidad por residencia y ahora se encuentra en paradero desconocido, esa conformidad sigue siendo válida en el expediente de autorización para la opción que puede promover la made.


Insertar Respuesta

 
Nombre:
Titulo:
Text:
Publicar:  (Marquelo para que su mensaje se publique.)

[ Lista de Mensajes ]

AVISO IMPORTANTE: Este Foro tiene como único objetivo hablar de temas relacionados con la Registro Civil. Por esto, se excluirán todos los mensajes y expresiones ajenas a esta finalidad.