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Autor Tema: matrimonio por poderes
sonia

11/12/2012
7:37:46

Debemos tramitar un expediente de matrimonio por poderes - el primero - y no sabemos como actuar. ¿Alguien nos puede ayudar?. Gracias anticipadas.


Autor 9 Respuesta(s)
Cendoreg.es

11/12/2012
18:08:10

Titulo: Re: matrimonio por poderes

Art. 55 del Código Civil:

Podrá autorizarse en el expediente matrimonial que el contrayente que no resida en el distrito o demarcación del Juez, Alcalde o funcionario autorizante celebre el matrimonio por apoderado a quien haya concedido poder especial en forma auténtica, pero siempre será necesaria la asistencia personal del otro contrayente.

En el poder se determinará la persona con quien ha de celebrarse el matrimonio, con expresión de las circunstancias personales precisas para establecer su identidad.

El poder se extinguirá por la revocación del poderdante, por la renuncia del apoderado o por la muerte de cualquiera de ellos. En caso de revocación por el poderdante bastará su manifestación en forma auténtica antes de la celebración del matrimonio. La revocación se notificará de inmediato al Juez, Alcalde o funcionario autorizante.

__________________

Nótese que no se hace referencia alguna a que la tramitación del expediente haya de ser diferente por este motivo.


Su nombre ...

11/12/2012
22:51:44

Titulo: Re: Titulo

Se tramita igual que otro expediente matrimonial: solicitud, ratificación, audiencias 246, testifical/edictos, fiscal, resolución, notificación, firmeza, boda.
Todo con intervención de los dos contrayentes, salvo el acto final, en el que el apoderado sustituye al poderdante.

El poder ha de ser específico para la tramitación del expediente para casarse con ...
No sirve uno genérico.
Si lo indica, puede incluso servir para representarle en todo el expediente salvo la audiencia, claro está.
Si no, las notificaciones y demás son con ambos futuros contrayentes.

sonia

13/12/2012
7:00:18

Titulo: Re: Titulo

Muchas gracias a los dos por sus respuestas.

Su nombre ...MARIA DE HUELVA

16/01/2013
13:29:13

Titulo: Re: MATRIMONIO POR PODERES EN JUZGADO DE PAZ

BUENAS TARDES:
NOS SURGE UNA DUDA. ¿ES COMPETENTE EL JUZGADO DE PAZ PARA LA TRAMITACIÓN DE UN MATRIMONIO POR PODERES?.
GRACIAS.

Su nombre ...

02/03/2013
0:35:46

Titulo: Re: MATRIMONIO POR PODERES EN JUZGADO DE PAZ

Sí, el juzgado de paz es competente. No hay ninguna diferencia entre el tratamiento de este matrimonio y el "presencial".

sarah

30/01/2014
23:57:03

Titulo: cuanto tiempo tradan los tramites?

cuanto tiempo duran los tramites de matrimonio por poderes

sunombre...

05/10/2015
12:34:30

Titulo: -1'

1

sunombre...

05/10/2015
12:34:30

Titulo: retitulo

1

sunombre...

05/10/2015
12:34:31

Titulo: retitulo

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