Autor |
3 Respuesta(s) |
jorome 07/11/2008 14:16:33 |
Titulo: INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO. |
Entiendo que sí puede promover la inscripción de nacimiento, fuera de plazo legal. Otra cosa es que pueda constar la filiación paterna ya que si no se efectúa el reconocimiento conforme la legislación actual deberá constar inscrito con la filiación materna, exclusivamente. Por cierto, habrá que comprobar antes con especial minuciosidad que no consta inscrito ese nacimiento con los apellidos de la madre o con orden de apellidos invertido ni en el lugar del nacimiento ni en el lugar de residencia de la madre, en el momento del nacimiento. Saludos a tod@s. jorome. |
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CARLOS 10/11/2008 22:30:41 |
Titulo: Re: Titulo |
Depende si es filiación Matrimonial o no matrimonial, si es matrimonial rige la presunción de paternidad del marido Art. 113- 1º y cabe la incoación haciendo un anuncio general de notificación a la madre con interés legítimo, aportando Certificación negativa de lugar de nacimiento y domicilio y testifical. Si es No matrimonial, el asunto es más peliagudo, para acreditar el interés legítimo cuando la madre no lo promueve pra ver quien puede promover el expediente puede ser discutido. A mi juicio a instancia de los Servicios Sociales si asumen la Tutela automática y le dejan en acogimiento a quien dice ser el padre y en todo caso a instancia del Ministerio Fiscal. En el expediente gubernativo Art. 49 LRC y Art. 189 Reglamento RC solo se podría inscribir con filiación materna no matrimonial, al justificarse únicamente y cumplidamente el hecho del parto y la identidad del hijo. ( No se si se podría acreditar por posesión de Estado del padre; tengo serias dudas) y seria el que dice ser el padre reclamar la filiación en un procedimiento civil ordinario y en Sentencia que se determine la filiación no matrimonial paterna. |
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jorome 24/11/2008 23:09:34 |
Titulo: INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO FUERA DE PLAZO |
Yo creo que en atención a la concordancia entre el Registro Civil y la realidad cualquier ciudadano o institución estaría facultado/a en promover la inscripción de nacimiento fuera de plazo, incluso si no tuviera interés legítimo. Igualmente podría promover de oficio el expediente el Ministerio Fiscal. La determinación de la filiación sería cuestión que debería probarse en la instrucción de dicho expediente. Saludos. jorome. |
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