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Autor Tema: INFOREG
SONIA

25/01/2013
11:19:11

Buenos días.

Hace poco hemos empezado a trabajar con INFOREG y nos surgen dos dudas (bueno, un montón más...).

1ª) En las inscricpciones de matrimonio - ante el Juez de Paz o Alcalde - , ¿ es preciso que firmen cónyuges y testigos dicha inscripción o es suficiente con que lo hagan en el Acta?.

2ª) En el tipo de procedimiento, en que casos se pone "consulta", "cualificación" o "Instrucción"?. Gracias por vuestra ayuda.


Autor 2 Respuesta(s)
Jucrísvic

27/01/2013
12:00:02

Titulo: Re: INFOREG

A la 1ª: ante el Juez sí, porque el acta es la propia inscripción (art. 255 RRC), pero si celebra el Alcalde no porque lo que haces en ese caso es transcribir el acta que te remite el Ayuntamiento, una vez celebrado el enlace.

A la 2ª; léete la Instrucción de 28 de mayo de 2008, de la
Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre funcionamiento y organización de los Registros Civiles delegados a cargo de los Juzgados de Paz y su informatización.

SONIA

28/01/2013
9:41:36

Titulo: Re: Titulo

Gracias Juscrísvic. Voy a ello.


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