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Autor Tema: OPCIÓN DISCAPACITADA NO INCAPACITADA JUDICIALMENTE
GLORIA

15/11/2013
11:16:15

Los padres de una mayor de edad solicitan en nombre de su hija se le conceda a ésta nacionalidad española por opción. La hija padece páralisis cerebral y no está incapacitada judicialmente, el Ministerio Público se opone a la concesión, en este caso ¿ puedo autorizar a los padres en virtud del Art. 20.2a aunque la hija no esté judicialmente incapacitada? muchas gracias.


Autor 4 Respuesta(s)
Cendoreg.es

15/11/2013
14:11:07

Titulo: autorización


En mi opinión, legalmente tiene la plena capacidad si es mayor de edad y no ha sido incapacitada judicialmente, por lo que no es viable la tramitación de la autorización previa prevista para menores de catorce años o incapacitados.

Su nombre ...

19/11/2013
14:16:44

Titulo: Re: Titulo

Una vez que se declare la incapacidad, podrán optar en su nombre

Cendoreg.es

19/11/2013
20:03:37

Titulo: Re: Titulo


Por matizar un poco más:

1.- Los padres han de instar la declaración de incapacidad de su hija; este asunto al Juzgado de Primera Instancia correspondiente a su domicilio que tenga esta función.

2.- Una vez firme la sentencia de declaración de incapacidad, e inscrita la tutela en la Sección 4ª del Registro Civil, podrán los padres solicitar la incoación de expediente de autorización previa (art. 20.2.a CC), en el que solicitan al Juez-Encargado del RC optar en nombre de su hija, y optar por la vecindad civil "x". Previo dictamen del Ministerio Fiscal, la autorización se concederá por el Encargado "en interés de la incapaz" (se entiende que no existen razones objetivas para denegar la autorización).

3.- Una vez autorizados, pueden los padres ejercer en nombre de ésta el DERECHO DE OPCIÓN, esto es, quiero decir que no se trata de una concesión que solicitan, sino que se trata de un acta de comparecencia en la que los padres EJERCEN EL DERECHO en nombre de su hija.

Saludos,

Su nombre ...

20/11/2013
19:35:52

Titulo: Re: Titulo

Y por supuesto suponiendo que la tutela recaiga en los padres, porque el Juez, al declarar la incapacidad, pude nombrar tutores a otros.


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