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Autor Tema: BUNYOLA
TRASLADO EXPEDIENTE

10/04/2014
10:39:07

Una pregunta: ¿Creeis que el traslado de una inscripción de nacimiento, regulado en el artículo 77 del reglamento, requiere seguir los trámites de los expedientes en general del artículo 341 y ss. del reglamento, con informe fiscal, etc o simplemente las diligencias que se describen en el art. 77 citado?


Autor 2 Respuesta(s)
Su nombre ...

11/04/2014
9:03:30

Titulo: Re: BUNYOLA

No.
Es una declaración/petición del interesaso, cuestión sujeta a calificación por parte del Juez Encargado del lugar del que se van a llevar la inscripción (los juzgados de Paz tienen que remitir la solicitud recibida desde otro RC a su Encargado, para que dicte resolución).
Copia de esta resolución se remite junto con la certificación necesaria para que se transcriban los datos.

Su nombre ...

11/04/2014
10:42:22

Titulo: Re: Titulo

Gracias


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