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Autor Tema: POR FAVOR URGENTE
RCBARBASTRO.

22/04/2014
13:16:36

Se nos plantea la cuestion de un fallecido en un pueblo del partido judicial de Barbastro.A la hora de firmar la licencia de enterramiento, no está el juez de paz, ni su sustituto/a, que es su mujer porque están de viaje. ¿Quién puede firmar?
Por favor os ruego que me indiqueis algo lo más pronto posible, gracias a todos.


Autor 3 Respuesta(s)
Analía

22/04/2014
14:31:02

Titulo: Re: POR FAVOR URGENTE

Sé de partidos judiciales en los que el Juzgado de Instrucción de Guardia expide las licencias de sepultura cuando no es posible localizar a los funcionarios del Registro Civil del Juzgado de Paz, con el compromiso serio de acudir allí lo antes posible para hacer la inscripción. Esta parece ser la tónica general.
En este caso, creo que es la solución.

kárbiko

23/04/2014
13:48:15

Titulo: Re: Titulo

Lo correcto es que la expida el Juzgado de Guardia del partido judicial correspondiente.

Pero la licencia también la puede expedir el registro civil del lugar donde va a ser enterrado, el cual recoge toda la documentación y la remite urgente al registro civil donde ha ocurrido el fallecimiento y donde se practicará lla corresponodiente inscripción, acompañándole copia o certificación de haber expedido la licencia de enterramiento.
Saludos

rc barbastro

24/04/2014
7:57:14

Titulo: Re: Titulo

Muchas gracias a todos. Un saludo.


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