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Autor Tema: NACIONALIDAD MENORES
RC VITORIA.

16/11/2015
14:17:36

Con el nuevo proceso de nacionalidad por residencia ¿hay que hacer expediente previo de autorización cuando los dos progenitores firman la solicitud, o no es necesario en ese caso?


Autor 4 Respuesta(s)
RCPALMA

17/11/2015
9:53:36

Titulo: Re: NACIONALIDAD MENORES

El artículo 4ª punto 3 del nuevo Reglamento emplea una redacción especialmente sibilina, introduciendo la palabra 'especialmente' para señalar unos supuestos particulares ( a y b) en los que indudablemente hace falta la autorización judicial, pero que, por otra parte, tampoco excluye todos los demás casos. Otra perla legislativa. Por prudencia lo aplicamos a TODOS los casos de menores de 14 años o personas con capacidad modificada.

un saludo

R C ESTEPONA

24/11/2015
13:17:53

Titulo: AUTORIZACION COMO ANTES

Buenas:
Entonces en los casos de los menores de 14 años, hay que tramitar la autorización como hasta ahora, y una vez esté enviarlo a Madrid?
Gracias.

Su nombre ...

26/02/2016
11:41:51

Titulo: Re: Titulo

Su mensaje aquí...

MARIA BELEN MUÑOZ BLANCO

26/02/2016
12:41:54

Titulo: Re: TitulREGISTRO CIVIL VILLENA

IDEM QUE EL ANTERIOR TRAMITE A SEGUIR TRASLA AUTORIZAICON JUDICIAL A MENORES DE 14 AÑOS


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