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Autor Tema: CAMBIO DE APELLIDO POR EL USADO HABITUALMENTE
REGISTRO CIVIL CASTRO

14/06/2018
13:31:10

Al ir a inscribir una incapacidad, he visto que el segundo apellido de la incapacitada, no coincide con el que usa habitualmente, por el error en una letra, en vez de una L, está puesta una R, Herguera en vez de Helguera, en su Dni, inscripción de matrimonio y nacimiento de los hijos lo tiene mal puesto. mi pregunta, El expediente de cambio de apellidos por el usado habitualmente tiene que ir necesariamente a la Dirección General de Registros y Notariados?


Autor 3 Respuesta(s)
Su nombre ...

19/06/2018
20:15:21

Titulo: Re: CAMBIO DE APELLIDO POR EL USADO HABITUALMENTE

¿Y qué apellido tiene su madre? Porque quizás es una rectificación de error porque se impuso mal el de la madre,... que lo más normal es que sí sea Helguera..

Entonces haces una rectificación y corriges todos los de los descendientes en virtud del art. 310 RRC.

Si lo haces por cambio de apellidos, sólo se cambia el de la solicitante y se lleva nota del art. 218 RRC a los hijos menores de edad.
Los que sean mayores tienen que solicitarlo en los dos meses siguientes al cambio,.. o iniciar luego un expediente competencia de la DGRN..


Veo más fácil comprobar el apellido materno y que siendo Helguera, hacer la rectificación de errores

REGISTRO CIVIL DE CASTRO

20/06/2018
10:32:09

Titulo: Re: Titulo

Que va, no es un error, el apellido de su madre era Helguera y ella en su DNI, inscripción de matrimonio, inscripción de nacimiento de hijos y demás tiene Herguera.

kárbiko

22/06/2018
20:52:49

Titulo: Re: Titulo

Lo que ponga el DNI, inscripción de su matrimonio y del nacimiento de sus hijos y demás>/i> realmente no nos sirve para comprobar.

El nombre y apellidos de una persona son los que están en su inscripción de nacimiento. Por tanto, para saber cuáles son los de la madre habrá que buscar la inscripción de nacimiento de ella.
Una vez la tengas, ves si ahí figura HERGUERA o HELGUERA .

Si pone el primero, entonces a la hija la transmitía ese apellido y todo lo que tiene como HELGUERA es un error, y deberá corregirse, o solicitar un expediente a la DGRN para manetener el apellido -distinto del que legalmente le corresponde, que se verificaría con la inscripción de ella y de su madre- que ha venido usando toda su vida (estando incapacitada lo solicitaría su representante legal).

Si el apellido de la madre es HELGUERA, entonces hay un error en la inscripción de nacimiento de la hija y habría que hacer un expediente de rectificación de error.

Para ver lo que puede cambiarse por uso habitual, mejor miira los art. 205 y 209 del Reglamento y ahí están tasados los casos en que pueden hacerse, y la competencia para ellos.

Como dice el último párrafo del 209, la DGRN puede autorizar cualquier cambio o conservación...´

Salu2, kárbiko
Administrador de www.fororegistrocivil.es




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