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Autor Tema: Ley 52/07 y saharauis
Ethel

14/01/2009
18:40:32

Hola.Llevo unos días que han venido varios saharauis a preguntar al registro civil si podrían usar las vías que recogel la disposicion adicional septima de la L 52/07 para adquirir la nacionalidad española, ¿qué pensais? porque yo no lo tengo nada claro.Por otro lado,en caso de que lo solicitaran,puedo denegarlo yo, o tengo que remitirlo al competente y que aquel decida ya que la instrucción de 26 de noviembre dice que serán admitidos aunque no presente documento alguno aunque no se podra practicar la inscripción si no se acreditan?


Autor 1 Respuesta(s)
jorome

15/01/2009
8:39:36

Titulo: Re: Ley 52/07 y saharauis

Entiendo que los saharauis, mayoritariamente, no se podrán acoger a esta Ley porque no podrán acreditar, en su mayoría, la ascendencia española de origen. Se agarran a un clavo ardiendo para conseguir la nacionalidad española y como ven que cada vez les cuesta más de conseguirla mediante el expediente de declaración de nacionalidad con valor de presunción (que en muchos Registros Civiles se les ha concedido, por desconocimiento de la normativa y de las diversas Resoluciones de la DGRN) se les ocurre ahora esta solución.
En todo caso, el competente para calificar la solicitud sería el Registro Civil del nacimiento (el Central, si no nacieron en España).

Saludos
jorome.


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