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7 Respuesta(s) |
jorome 22/01/2009 8:40:31 |
Titulo: Re: presuncion de nacionalidad |
Si no reunen los requisitos establecidos en el artículo 20 del Código Civil o en la Instrucción de la DGRN, de fecha 4 de noviembre de 2008 no podrán optar a la nacionalidad española. Desconozco la legislación brasileña y no aparece ese país en las Resoluciones relacionadas por la DGRN en su Instrucción, de fecha 10 de abril de 2007 por lo que, si se promueve el correspondiente expediente gubernativo sobre declaración de nacionalidad con valor de presunción deberá exigirse la corresponiente certificación consular brasileña que informe sobre la legislación de dicho país, en materia de nacionalidad.
Saludos. jorome. |
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CARLOS 23/01/2009 0:03:36 |
Titulo: Re: Titulo |
Aqui a los hijos de Brasileiros y Brasileiras nacidas en España, les declaramos con valor de simple presunción Españolitos de origen. Samba, samba.... |
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Su nombre ...Luisa 27/01/2009 9:10:39 |
Titulo: Re: Titulo |
Su mensaje aquí.. Aqui tambien les declaramos con valor de simple presunción, y sobre todo despues de que el fiscal da el visto favorable, una vez le pregunte al fiscal que este país no estaba en la relación que la DGRN habia sacado. Dijo que lo preguntaria a la Fiscalia de Barcelona y me dijo que en Barcelona les dan el visto favorable..... así que como dice Carlos Samba Samba.... |
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CARLOS 01/02/2009 23:51:55 |
Titulo: Re: Titulo |
La Circular de 16 de Diciembre de 2008 de la DGRyN, en su Ordinal 2º lo deja bien claro que los hijos de Brasileiros y Brasileiras nacidos en España se les declara con valor de simple presunción ESPAÑOLITOS DE ORIGEN, y SAMBA, SAMBA .... En la misma circular y como siempre a " toro pasado" nos dice que los ECUATORIANOS no y los CHILENOS tampoco...
Olha que coisa mas linda ....mas cheia de graça ....
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jorome 06/02/2009 10:42:04 |
Titulo: Re: Titulo |
Carlos,
Nosotros no tenemos constancia de esa Circular. ¿Me puedes decir dónde la puedo encontrar?. Gracias.
Saludos. jorome. |
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CARLOS 08/02/2009 15:42:29 |
Titulo: Re: Titulo |
Jorome, ha nosotros nos ha llegado por conducto de TSJ remitida por la DGRyN a lo mejor ni está publicada todavía. Pero estate al loro, si quieres dimelo y te mando al Registro una fotocopia Un saludo |
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jorome 09/02/2009 14:42:12 |
Titulo: Re: Titulo |
Gracias, Carlos, estaré pendiente.
Saludos. jorome. |
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