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Autor Tema: filiacion no matrimonial
lolo

23/01/2009
19:48:47

Una mujer se presenta en el Registro Civil de su domicilio para practicar la inscripcion de nacimiento de su hijo nacido transcurridos los 300 días de la separación de hecho de su marido y pretende que no lleve los apellidos de su esposo; ¿debera abrirse expediente de inscripción no matrimonial, o se practica de inmediato inscribiendo al nacido solo con los apellidos de la madre y entregandole un nuevo libro de familia?, o, ¿habra que oir al esposo?;


Autor 2 Respuesta(s)
jorome

24/01/2009
9:30:30

Titulo: Re: filiacion no matrimonial

La madre no tiene por qué facilitar datos del progenitor. Debe practicarse la inscripción inmediadamente y con la filiación materna, exclusivamente. Si declara que está casada se hace constar su estado civil de casada en sus datos registrales. Y a otra cosa, mariposa!

Saludos.
jorome.

CARLOS

28/01/2009
19:12:10

Titulo: Re: Titulo

No tiene que destruirse la PRESUNCION DE PATERNIDAD DEL MARIDO aRT. 116 CC , y una vez acreditado que no hay convivencia en los 300 dias anteriores al nacimiento y destruida esa presunción con cualquier medio de prueba que el Encargado considere admisible, se inscribirá con Filiación No matrimonial únicamete materna, si asi solo se determina .
Y si no se puede destruir la presunción por ningún medio de prueba , entre las comprobaciones que se debe hacer con suspensión de la inscripción es la audiencia personal del esposo para que reconozca o desconozca la paternidad sobre el hijo de su mujer. Un saludo


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