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Autor Tema: Post de opinión sobre idea desjudicialización
Ulver

25/01/2009
19:52:25

Vamos a suponer que sacan a los RC de la Administración de Justicia. Posibles destinos:

- Administración local: a) En los pueblos sin juzgado ya está así, por tanto nada iban a objetar. Claro que el Juez de Paz a ver para que va a servir... b) En los pueblos con juzgado(s) y en las capitales, los Ayuntamientos probablemente objetarán: ¿y esto que me habéis colocado quién lo paga? son muchos gastos: personal, instalaciones, material... Por no hablar de ¿quién es la autoridad firmante? ¿El alcalde, el secretario del Ayuntamiento, un funcionario del grupo A? ¿Quién le va a pagar las nuevas funciones asumidas?

- Registradores de la Propiedad/Notarios: probablemente dirán: "oiga, yo si no cobro por arancel, no firmo un papel, ni certifico nada, y además, tendrá que proporcionarme personal, porque el que ya trabaja conmigo bastante trabajo tiene, y encima lo pago yo de lo que cobro (mucho) de inscribir casas/escriturar compraventas e hipotecas, así que..."

- Administración autonómica: podría ser... es estructura del Estado y ya tiene, en la mayoría de los casos, el personal transferido. No es tanto gasto nuevo. Pero tendrían que pagar una buena cantidad de nuevos puestos de trabajo tipo A que serían los responsables del asunto ¿no os parece?. O sea, más caro que lo actual. Aparte de que habría que plantearse si es justificable la creación de un puesto de trabajo del grupo A para cuatro papeles en los casos de los partidos judiciales pequeños. Claro, que esto podría resolverse con una centralización a nivel provincial del servicio -cosa que creo que nadie se plantea, puesto que se vive en la moda de la descentralización-.


Lo que aparece como un denominador común en todas las posibilidades expuestas (no se me ocurren otras de momento), es que COSTARÁ UN MONTÓN DE PASTA DESJUDICIALIZAR LOS REGISTROS CIVILES. Por eso, aunque el todopoderoso CGPJ haya realizado ese flamante "Plan de Modernización de la Justicia", habrá que ver lo que dice el poder legislativo cuando llegue la hora de la verdad y empiece a hacer funcionar la calculadora. Será conveniente detenerse a pensar cuál es el verdadero poder del documento del CGPJ... quizás la desjudicialización de los RC sea un intento de "persicola" por parte de este organismo "de, por y para" jueces.


Autor 4 Respuesta(s)
J.M.Álvarez

26/01/2009
21:13:39

Titulo: Re: Post de opinión sobre idea desjudicialización

Desjudicializar no es lo mismo que extraer el Registro Civil de la Administración de Justicia. Podría permanecer dentro de esa Administración cambiando la figura del Encargado, pasando del Juez al Secretario Judicial, reservando al Juez de 1ª Instancia aquellos asuntos que requieran la aprobación Judicial.

jorome

27/01/2009
9:53:31

Titulo: post...

Con respecto al comentario de J.M.Álvarez yo preguntaría ¿qué se conseguiría con eso a parte de desacargar de trabajo a los Jueces y cargar de trabajo a los Secretarios judiciales?. Creo sinceramente que sería parchear el problema, una vez más.
Bajo mi modesto y probablemente equivocado punto de vista entiendo que la mejor solución para los Registros Civiles españoles es que pasaran a la Administración municipal con respecto a las funciones básicas de éstos como son las de inscribir y las de certificar lo inscrito. Las otras funciones podría resolverlas el Juez de 1ª Instancia dentro, quizás, de la jurisdicción voluntaria.

Saludos a tod@s
jorome.

CARLOS

28/01/2009
19:32:35

Titulo: Re: Titulo

A raiz de la aprobación del Matrimonio entre personas del mismo sexo, y los votos particulares del TC en contra de la admisión de las Cuestiones de Incostitucionalidad se destapó la caja de los truenos en esta materia.
Y se empezó a cuestionar públicamente si la actividad que viene realizando en el RC es jurisdiccional o no tiene tal carácter.
Yo tengo una doble opinión, si verdaderamente es JURISDICCIONAL, que se ponga en funcionamiento la llamada JUSTICIA MUNICIPAL aparcada en el olvido y que entre esas funciones en las ciudades grandes el Juez Municipal ( Como antes era el de Distrito) se ocupe de las funciones propias de RC tal y como hoy se concibe.Con la misma estructura de CGPJ y Ministerio de Justicia o Comunidades transferidas.
Y si no es Jurisdiccional , sino que se considera que esta actividad debe ser ADMINISTRATIVA, pues que el Instituto Nacional de Estadistica, lleve todo lo referente al control de Estadisticas vitales, ( Nac, Mat y Def. ) y todo lo referente a inscripciones marginales ( Incapacidad, tutelas, divorcios ect) Y todo el tema de Nacionalidad y Extranjeria, pues el Ministerio del Interior, como un segundo paso para que los extranjeros una vez obtenidos sus " papeles" en un segundo paso se integren plenamente en el pais de acogida solicitando la nacionalidad, resolviendolo el Ministerio del Interior que tiene que hacer los informes y expedir el certificado para DNI ect.
Siguiendo los Consulados de España en el extranjero con sus funciones, ( Netamente administrativas) del servicio registral civil.
Y la Administración local, ( Ayuntamientos) como delegados del INE

Patricia

06/02/2009
14:52:26

Titulo: Punto de vista del juzgado mixto...

Como juez de primera instancia e instrucción que lleva diez años padeciendo el añadido del registro civil, aporto mi modesta opinión.
El 90% de lo que hago de Registro civil no necesita un Magistrado de Carrera y tampoco un Secretario Judicial y bastaría cualquier funcionario mínimamente formado de cualquier administración pública.
Hay un 10% de auténtica resolución y estudio jurídico que sí exigiría un "Registrador civil" experto licenciado en Derecho y de oposición, que sí, podemos ser los Jueces o un cuerpo específico.
Pero el resto es quitar tiempo a la atención de asuntos civiles y penales que entiendo que son más urgentes.


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