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Autor Tema: Nacionalización y justificante de identidad
PEDRO

25/03/2009
9:33:42

Hola, argentina nacionalizada española en ámbito laboral para convalidar sus títulos necesita justificar su identidad, lo que pide es un documento que acredite que antes se llamaba XY y ahora se llama XYZ... ¿me explico?... bueno, pues ¿existe ese documento? en caso afirmativo, habría que solicitarlo al Registro Civil Central, me imagino... ¿qué me decís?


Autor 5 Respuesta(s)
jorome

25/03/2009
10:25:02

Titulo: Nacionalización y justificante de identidad

Puede tramitar un expediente gubernativo sobre constancia de nombre por el que es conocida. Se instruye el expediente en el que deberá aportar los medios de prueba que estime oportunos y se remite al Registro Civil español en el que consta la inscripción de su nacimiento, competente en la resolución.

Saludos,
jorome.

kárbiko

26/03/2009
1:15:18

Titulo: Justificante

Debería de valerle un certificado literal del acta de su nacimiento, expedida en RC español, ya que al inscribirle, se debe de haber hecho la transcripción del acta que presenta de su país, en la que aparece con XY, y luego, por la marginal de la adquisición de la nacionalidad, pasa a cambiar su nombre y adaptarlo a la legislación española, pasando a ser XYZ.

El Abuelo

26/03/2009
22:34:18

Titulo: Re: Titulo

El problema, Kárbiko, es que, suponiendo que el cambio trajera causa de la inscripcion de nacimiento como española, al incurrir en alguna de las prohibiciones (y no por otra), en muchos RC se consigna directamente en el cuerpo principal de la misma el nuevo nombre y los nuevos apellidos, en su caso, con lo que no podría probar con esta inscripción su anterior nombre.

kárbiko

27/03/2009
0:24:09

Titulo: Re: Titulo

Si, hoy me fijé en ese detalle, hecho incluso en el RCC... lo cual me parece que es un error.
Creo que primero se transcribe la inscripción de esa persona, y una vez se inscribe marginalmente la adquisición de su nacionalidad, entonces es cuando se le consignan el nombre y los apellidos que en base a la ley española le correspondan o elija....

RCC

30/03/2009
21:23:08

Titulo: Re: Titulo

Puede solicitar que se anote al margen la inscripción de su nacimiento que en el Registro Civil extranjero consta inscrita con el nombre de...... y el/los apellido/s de............ (art. 38, 3 LRC y Resolución (1ª) de 4 de diciembre de 1995). No es preciso tramitar expediente gubernativo alguno.


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