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Tema: 2º apellido |
lucero 02/08/2011 12:17:29 |
extranjero que adquiere nacionalidad española y por ende tiene dos apellidos, problema contrajo matrimonio antes cuando todavía era rumanoy en su inscripcion matrimonial y libro de familia solo tiene un apellido, ¿ necesito expediente gubernativo solicitando autorizaciónn del encargado para añadir el 2º apellido o puede resolver el Juez de paz ? ¿ deberia haberme requerido via exhorto el RC dionde juro la nacionalidad y que lo inscribió como español para que añadiera el 2ª apellido? Gracias por responderme . |
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1 Respuesta(s) |
kárbiko 02/08/2011 19:17:52 |
Titulo: Re: 2º apellido |
El interesado tiene que comunicar al RC en que tramitó su nacionalidad los hechos a los que le afecta el que adquirea la nacionalidad española: su matrimonio y nacimiento de hijos, principalmente.
El RC que practicó la inscripción remitirá exhorto al/a los RC donde consta/consten las inscripción/inscripciones afectada/s para que en ellas se practique nota de referencia a la adquisición de la nacionalidad española del cónyuge/progenitor, en la que se hará referencia al cambio de nombre y/a apellidos que se haya producido.
Una vez que se haya practicado esas notas de referencia en la inscripción de matrimonio, el RC donde consta el matrimonio procede a actualizar el Libro de Familia, para lo cual hace una nota en la primera página en blanco del lilbro (normalmente en los nuevos a partir de la 12 y en los anteriores sobre la 18) para hacer referencia a dicha adquisición y los cambios producidos.
No se emite nuevo libro, sino que se hacen notas en él. Y si se emitira un duplicado, se haría con todas estas anotaciones.
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