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Autor Tema: Su título...saharauis nacidos despues de 1976
oscar

09/10/2012
20:14:20

hola, aunque es un tema ya tratado, quiero plantear mi duda. Considero que los saharauis que lo demuestren obviamente que nacieron antes de 1976 y demuestren que no pudieron optar por la nacionalidad española en el año de regularizxacion por encontrarse en campos de refugiados si pueden ahora optar por dicha nacionalidad. Mi duda se plantea respecto de los nacidos despues de esa fecha, donde la DGRN dice que no se va a conceder, ( conversacion telefonica ), y no entiendo el porque, ( tampoco me lo dijeron o quisieron decir ). Si nacen despues de dicha fecha, en los campos de refugiados, se demuestra que sus padres tuvieron dni español bilingüe, que en el año de regularizacion no pudieron optar por estar en dichos campos, aportan el resto de documentacion de los padres, de identidad y empadronamiento y se comprueba que efectivamente viven donde estan empadronados, que problema existe? alguien puede darme una explicacion? Gracias.


Autor 6 Respuesta(s)
JavierUY

09/10/2012
22:23:43

Titulo: Re: saharauis nacidos despues de 1976

Es obvio que se trata de una decisión política, y para llegar a la conclusión deseada se aplican criterios variados. Te recomiendo que leas este artículo para comprender los criterios que ha utilizado la DGRN: http://zaguan.unizar.es/record/6794/files/ART--2011-030.pdf. Tambien lo encuentras en http://www.sidi-ifni.com/images/stories/users/javier_perez_milla/2011-sahara_oasis_y_desiertos-jpm.pdf

oscar

10/10/2012
0:28:25

Titulo: Re: Titulo

gracias, ya habia tenido ocasion de leer este interesante articulo. La conclusion es que o bien se deniega de plano la tramitacion a sabiendas de su falta de aprobacion final o bien se tramita con el resultado consdabido. Mejor una que otra? al archivo de plano cabe recurso que la DGRN desestimara para confirmar sus tesis, ante la denegacion de la DGRN no cabe recurso, en definitiva, que no hay nada que hacer...

JavierUY

10/10/2012
2:45:05

Titulo: Re: Titulo

Como habrás leído podría optar en virtud del art 20.1.b CC como hijo de una persona originariamente española y nacida en España. Para ello es necesario que alguno de sus progenitores esté inscrito en el RC español y que haya obtenido la nacionalidad originaria, inclusive por vía de simple presunción (haber nacido en territorio español de padres apátridas, por aplicación retroactiva de la ley de 1982). Además es necesario demostrar la filiación para lo cual no es suficiente la inscripción saharaui. Podría pedir la incoación de un expediente para inscribir su nacimiento en el RC español, para crear el título.

RCQUART

10/10/2012
9:22:47

Titulo: Re: SAHARAUIS NACIDOS DESPUES 1976

Desde este registro hemos remitido varias opciones de hijos de saharauis, por el art. 20.1 b, cuyos padres tienen la nacionalidad española de origen , y por el Registro Civil Central se han denegado .Esto esta ocurriendo desde principios de este año con anterioridad no habiamos tenido problemas.

oscar

10/10/2012
9:33:58

Titulo: Re: Titulo

Efectivamente, ha habido un cambio de unos meses a esta parte. Ya os digo que el otro dia directamente por telefono nos dijeron que no mandasemos mas de los nacidos tras 1976 porque las denegaban. Ese cambio de criterio es el que me mosquea, si al menos tuviesen el detalle de mandar una resolucion o varias, las que hubiesen dictado, para poder dar una explicacion a la gente....

JavierUY

10/10/2012
13:47:19

Titulo: Re: Titulo

Yo no creo que haya cambio reciente ninguno., más que aquellos que se puede leer en los boletines publicados en mayo y junio.


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