Autor |
4 Respuesta(s) |
JavierUY 10/11/2014 14:05:42 |
Titulo: Re: NACIONALDAD |
No le veo ningún sentido. ¿Para qué optaría por la nacionalidad quien ya la ostenta, y con la condición de originaria? |
|
JavierUY 10/11/2014 19:28:59 |
Titulo: Re: Titulo |
Aunque tengo mis dudas sobre la declración con VSP ya que en en la Instrucción de 28 de marzo de 2007 se afirma que no son españoles ius soli los hijos de nicaraguenses y se cita las ress. 5-5ª de noviembre de 2004 y 17-3ª de enero de 2006. SI la legislación de Nicaragua no ha cambiado, entonces procede instruir el expediente para declarar con VSP que el nacido no es español ius soli y luego podrán optar en su nombre por la nacionalidad. |
|
RCPALMA 11/11/2014 11:06:46 |
Titulo: Re: Titulo |
Pienso como JavierUY. Nicaragua atribuye su nacionalidad a los nacidos fuera de su territorio de padre o madre nicaragüense. En efecto, la Constitución de Nicaragua establece sin ningún tipo de restricción que son nicaragüenses los nacidos de padre o madre nicaragüense (cfr. art. 3 nº 2). Luego al nacer no era español. Procedería cancelar la declaración de VSPresunción y después efectuar la opción |
|
RCPALMA 11/11/2014 11:13:09 |
Titulo: Re: Titulo |
En el sentido antedicho, ver la Resolución de 2011/09/06 - 12ª de la DGRN |
|